La negociación colectiva es un instrumento idóneo para la aplicación del principio de igualdad en las relaciones laborales. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres (LOIEMH), que ha pretendido integrar la dimensión de género en la totalidad de los ámbitos jurídicos, ha construido un marco normativo especial para la negociación colectiva de medidas de igualdad de trato y de oportunidades. El presente estudio analiza cómo la negociación colectiva ha respondido a las expectativas que en ella han depositado tanto el legislador comunitario e interno como los propios agentes sociales a los efectos de aplicación del principio de igualdad en las relaciones laborales. Para ello se ha tomado en consideración una muestra de convenios colectivos (de 1-1-2006 a 31-12-2007), que se estimaron representativos de la realidad social española y, muy especialmente, los posteriores a la LOIEMH, permitiendo comprobar como ésta ha incidido en las relaciones laborales. Aunque se ha prestado amplia atención a la discriminación por razón de sexo, el estudio también analiza las cláusulas antidiscriminatorias generales y, en particular, la discriminación por motivos de discapacidad y enfermedad, alcoholismo o drogodependencias.
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Díaz de Santos
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